Por Carlos E. Lippo
"El sol de
Venezuela sale por el Esequibo"
Consigna de
la FANB
Con arreglo al conocido principio del “Utis Possidetis Juris” (del
latín: "como poseías de acuerdo al derecho, poseerás"), la
constitución venezolana de 1830, promulgada una vez desintegrada “La
Gran Colombia”, establecía que el territorio del Estado de Venezuela,
nombre que se daba por aquellos días a la actual República Bolivariana de
Venezuela, comprendía todo aquel que hasta 1810 se denominó Capitanía General
de Venezuela; estando plenamente establecido que la mencionada entidad colonial
limitaba por el este con la Guayana Holandesa, sirviendo de frontera natural
entre ambos territorios, el río Esequibo desde su nacimiento hasta su
desembocadura en el océano Atlántico. En prueba de lo anterior es posible
señalar que existe un mapa publicado en Londres en 1810, en el cual se muestra
el territorio de la Guayana venezolana y el de la holandesa, teniendo como
línea fronteriza el río Esequibo; el interés del citado mapa se centra en que
fue editado en una época en la cual Gran Bretaña no tenía oficialmente ninguna
propiedad sobre estos territorios y desde luego, en el hecho nada desestimable,
de que el mapa fue publicado en Londres.
Sin embargo es el caso que
en junio de 1803, Gran Bretaña invade la región situada entre los ríos Esequibo
y Demerara y se mantiene allí por la fuerza hasta que el 13 de agosto de 1814
logra firmar el Tratado de Londres, mediante el cual Holanda se ve obligada a
ceder sus establecimientos de Demerara, Esequibo y Berbice, con una extensión
aproximada de 51.700 kilómetros cuadrados. Con estos tres territorios cedidos
por Holanda, todos ellos situados al este del río Esequibo se conforma la "Guayana
Británica" el 31 de julio de 1831. Resulta totalmente claro
entonces que Gran Bretaña no tenía ni nunca ha tenido posesión alguna al oeste
del río Esequibo.
En marzo de 1845, al
reconocer España la independencia de Venezuela, se firma un tratado mediante el
cual la antigua metrópoli reconocía que el territorio venezolano era el que tenía
la Capitanía General en el año de 1810, incluyendo allí la Provincia de
Guayana, que limitaba al este con el río Esequibo; territorio que Gran Bretaña
estaba obligado a respetar, por extensión del tratado de Utrecht de 1713, en el
que ella se había comprometido a respetar la integridad de los territorios
españoles en América.
Pero como ningún imperio
respeta sus compromisos, un joven naturalista prusiano de nombre Robert
H. Schomburgk, que es enviado por el gobierno británico a explorar y delimitar las
posesiones holandesas cedidas a los británicos por el Tratado de Londres de
1814, asigna unos 4.920 Km2 de territorio venezolano al oeste del Esequibo, a
la Guayana Británica; despojo que es incrementado en años subsiguientes,
llegando a unos 141.930 Km2 en 1840, siendo necesario agregar que tal despojo
es apuntalado con la colocación de postes en sitio y la publicación de nuevos
mapas.
A pesar de las protestas
oficiales de Venezuela y de su propuesta de suscribir un acuerdo de límites,
los abusos del imperio británico continúan y a partir de la muerte del prusiano
Schomburgk en 1865, todas las alteraciones a los mapas de la región son
efectuadas por el propio gobierno británico; de manera que para 1877 aparece
uno de esos mapas adulterados que incluía ya unos 167.830 Km2 de tierra
venezolana y para intentar legalizar el fraude, en junio de 1886 se ordena
rectificar la frontera de acuerdo a ello y destruir las copias de los
anteriores mapas.
Venezuela se mueve entonces
en la dirección de solicitar un arbitraje internacional para intentar
solucionar el conflicto límites, a lo que se niega el imperio británico en
múltiples oportunidades.
La negativa de los
británicos a someter la cuestión a arbitraje obedece sin duda alguna a que se
sabían sin derechos legales para apoyar sus espurias pretensiones, tal como se
desprende de estos fragmentos del contenido de un memorándum del ministerio del
exterior inglés, firmado por Sir E. Hertslet: "… yo diría que
nosotros no podemos presentar el caso a arbitraje ni siquiera con pequeñas
esperanzas de éxito, dadas las contradictorias líneas que hemos reclamado,
presentadas en los mapas públicos ingleses...” y “… ha de
considerarse que el argumento basado en razones de estricto derecho no tiene
salida alguna".
Previendo que más temprano
que tarde tendrían que someterse a un arbitraje, los ingleses se disponen a
usurpar más territorios venezolanos y es en el desarrollo de esta ilegal
política que toman por la fuerza las Bocas del Orinoco en el año 1884. Oportuno
es reiterar que fuera de estas ocupaciones ilegales, Gran Bretaña no tenía
ninguna posesión efectiva al oeste del río Esequibo, como así lo demuestran los
escritos de connotados hombres de ciencia británicos de la época tales como:
Mr. C. Barrington Brown, geólogo del gobierno inglés, en 1875; Sir Clements R.
Markham, en 1876; Mr. Thurn, que los leyó en la Real Sociedad Geográfica de
Londres en 1892; así como Mr. Rodway, que los publicó en un manual editado en
1893.
También es oportuno señalar
que en el marco de su accionar para intentar repeler lo que a todas luces era
una invasión de los británicos, el gobierno venezolano invocó en mayo de
1887 la aplicación de la Doctrina Monroe, a pesar de que tres años antes el
gobierno estadounidense había manifestado que no consideraba procedente su
aplicación en un caso como el de Venezuela, decisión que encierra una flagrante
contradicción, pero que tenía un funesto precedente en el caso de la invasión
británica a Las Malvinas Argentinas, en 1833.
El continuado avance del
invasor inglés y su renuencia someter a arbitraje la delimitación de las
fronteras obligó al gobierno venezolano de la época a romper las relaciones
diplomáticas con el imperio británico en febrero de 1887 pero a pesar de ello,
los ingleses ocupan la margen derecha del río Cuyuní en 1894.
Finalmente, en febrero de
1897, los gobiernos de los Estados Unidos de Venezuela y del Reino Unido de
Gran Bretaña e Irlanda, firman un acuerdo, por el cual ambos países consienten
en arreglar, amistosamente, el problema de límites entre Venezuela y la Guayana
Británica.
Para tal fin, sometieron la
disputa a un arbitraje, siendo necesario señalar que el tribunal arbitral,
propuesto por el gobierno de los Estados Unidos, quedó integrado por: dos
jueces norteamericanos; dos jueces británicos; y un quinto juez, de
nacionalidad rusa, harto conocido por su dependencia del alcohol, que fue
nombrado presidente. ¿Cómo podría administrar justicia un cuerpo
colegiado como éste, en el cual al menos dos de sus miembros son manifiestamente
jueces y partes?
Tan agobiado estaba nuestro
país ante las presiones de los dos colosos, que decide nombrar como abogados
para que nos asistieran ante el tribunal arbitral, a un grupo de personalidades
del foro angloamericano, entre los cuales se encontraban Benjamín Harrison, ex
presidente norteamericano Severo Mallet-Prevost. De nada sirvieron los alegatos
y contra-alegatos de este brillante cuerpo de juristas; el 3 de octubre de
1899, en Paris, los jueces en forma totalmente arbitraria sentenciaron a favor
de Gran Bretaña, permitiéndole usurpar 159.500 Km2, territorio que abarcaba, y
abarca, nuestra Guayana Esequiba.
Es imprescindible hacer
notar que Benjamín Harrison, al iniciar su exposición de los argumentos
venezolanos, afirmó enfáticamente que "le era difícil convencerse
que cualquier inglés pudiera servir de árbitro imparcial en un asunto en que se
tratase de la soberanía sobre tierras reclamadas por Inglaterra como
suyas"; así como también que el abogado Severo Mallet-Prevost, en su
testamento señaló, como muestra inequívoca del flagrante despojo del que fuimos
víctima: “Si bien es cierto que en la decisión el tribunal le dio
a Venezuela el sector en litigio más importante desde el punto de vista
estratégico, como lo es la desembocadura del Orinoco, fue injusta para
Venezuela y la despojó de un territorio muy extenso e importante, sobre el cual
la Gran Bretaña no tenía, en mi opinión, la menor sombra de derecho”.
Ante la presión generada
por la ONU a causa de una reclamación hecha por Venezuela en 1962, Gran Bretaña
accede a reunirse con Venezuela y ambos gobiernos suscriben el 16 de febrero de
1966 el llamado “Acuerdo de Ginebra”, que declara nulo e írrito
el “Laudo Arbitral de Paris” y establece que se designaría una
comisión mixta que debía actuar durante cuatro años y presentar informes a
ambos gobiernos cada seis meses. Si al cabo de los cuatro años no se llegaba a
una solución satisfactoria del problema, éste debía resolverse por los medios
pacíficos previstos en la Carta de las Naciones Unidas.
Sabiendo que le sería
imposible demostrar la titularidad sobre un solo centímetro cuadrado de los
territorios usurpados, la corona británica opta por conceder la independencia a
la Guayana Británica, creando la República de Guyana, adscrita por supuesto a
la Comunidad Británica de Naciones. Tres meses y nueve días después de la firma
del "Acuerdo de Ginebra", la colonia inglesa Guayana
Británica, que es parte del tratado, conjuntamente con Venezuela y el Reino
Unido, se independiza. Ese mismo día, 26 de mayo, el Gobierno de Venezuela le
otorga su reconocimiento, pero haciendo clara reserva de su reclamación de la
Guayana Esequiba, en los siguientes términos: el reconocimiento "que
Venezuela hace del nuevo Estado de Guyana, no implica por parte de nuestro país
renuncia o disminución de los derechos territoriales reclamados, ni de ninguna
manera afecta los derechos de soberanía que se desprenden de la reclamación
surgida de la contención venezolana de que el llamado Laudo Arbitral de París
de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y la Guayana Británica, es nulo e
írrito”.
Es más que evidente que se
trataba de una “independencia” que buscaba desviar la atención
del “Poderoso Imperio Ingles invadiendo un territorio venezolano”,
para colocar el asunto limítrofe en manos de “débiles colonos libres”,
aunque sometidos a la autoridad de la reina de Inglaterra, quien es a todo
efecto su jefe de estado.
La nueva República de
Guyana, trató de evadir la negociación y de obstaculizar las gestiones, según
lo establecido en el “Acuerdo de Ginebra”; por esta razón y por
considerar que el momento no era propicio para la aplicación del mismo, en 1970
Venezuela negoció y suscribió con Guyana el denominado “Protocolo de
Puerto España”, el cual acordó en ese momento congelar las negociaciones
entre ambos países por un lapso de doce años.
En diciembre de 1981, el
gobierno de Venezuela anunció al gobierno de Guyana su decisión de no seguir
aplicando el “Protocolo de Puerto España”, el cual cumplía los doce
años el 18 de junio de 1982. En consecuencia, la controversia volvió nuevamente
a regirse por el “Acuerdo de Ginebra” y por los medios de
solución pacífica de la Carta de las Naciones Unidas.
Con apego a dicho acuerdo,
Venezuela propone iniciar negociaciones directas entre ambos países, pero
Guyana se niega proponiendo tres opciones: Asamblea General de la ONU,
Consejo de Seguridad o Corte Internacional de Justicia; Venezuela rechaza estas
opciones.
Siempre dentro del espíritu
del “Acuerdo de Ginebra”, Venezuela propone y Guyana acepta, el
método de los“Buenos Oficios”, que se mantiene vigente hasta el 2014,
bajo la conducción de tres “buenos oficiantes diferentes”,
designados de común acuerdo por ambas naciones.
Es necesario y oportuno
apuntar que la República Cooperativa de Guyana, bajo la evidente tutela del
gobierno del Reino Unido, no sólo ha tratado de hacer fracasar cualquier
iniciativa de arreglo enmarcada en el “Acuerdo de Ginebra”, sino
que lo ha violado flagrantemente en lo atinente a no otorgar concesiones de
exploración y explotación en los territorios en reclamación desde 1993; siendo
prueba evidente de ello: las otorgadas en 1999 a las empresas petroleras CGX
Energy, Exxon Mobil, Shell y Anadarko, para exploración y explotación costa
afuera y la concedida en el 2000 a la Beal Aerospace Technologies Inc., para la
construcción de una base para el lanzamiento de satélites. Todas ellas
rechazadas por Venezuela por medio de los medios diplomáticos establecidos.
Pero las actividades
derivadas del otorgamiento ilegal de concesiones por parte de Guyana se
mantienen, produciéndose en el 2013 una incursión ilegal en aguas
jurisdiccionales venezolanas del buque de investigación oceanográfica RV Teknik
Perdana, que al ser apresado por las autoridades genera una injustificada
protesta por parte de Guyana. También se incrementan en el 2014 las actividades
del Prospector, de la empresa CGX Energy, para realizar estudios geológicos en
el bloque Demerara; así como las del buque Deepwater Champion en el bloque
Stabroek, ilegalmente adjudicado a las empresas Exxon Mobil y Shell, la primera
de las cuales ha anunciado el descubrimiento de un muy importante yacimiento en
la zona.
En el 2015 se llevan a cabo
las elecciones generales en la República Cooperativa de Guyana, resultando
ganador, con el apoyo de Estados Unidos, el candidato de la oposición David
Arthur Granger, un militar formado en las escuelas gringas, una de cuyas
primeras acciones como presidente electo fue visitar la plataforma petrolera
Deepwater Champion de la Exxon Mobil. Ese mismo año ante las reiteradas
negativas de Guyana de ponerse de acuerdo para nombrar un nuevo oficiante,
Venezuela solicita a Ban Ki-moon la convocatoria de Guyana para proceder a
nombrarlo de común acuerdo.
En enero del 2018 Antonio Guteres,
nuevo secretario general de la ONU que estuviese desempeñándose como buen
oficiante desde la salida de Ban Ki-moon recomendó acudir a la Corte
Internacional de Justicia, algo que fue denunciado por Venezuela por constituir
una extralimitación de sus funciones así como una violación del “Acuerdo
de Ginebra”.
Señalando apoyarse en esa
recomendación es a finales de marzo del mismo 2018, Guyana introdujo
unilateralmente una solicitud para dilucidar el conflicto ante la Corte
Internacional de Justicia de La Haya, contando para ello con el apoyo
financiero, público y notorio y comunicacional, de la Exxon Mobil (1);
solicitud que según el comunicado emitido oportunamente por nuestra cancillería
violenta el preámbulo del “Acuerdo de Ginebra” de 1966, el cual
establece, taxativamente, que la controversia debe ser “amistosamente
resuelta en forma que resulte aceptable para ambas partes”, al mismo tiempo
que vulnera su Artículo I, dado que no conduce a “soluciones
satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia”. En otro
aparte dicho comunicado a la vez que insta al gobierno de Guyana a retomar la
senda del Acuerdo de Ginebra, le señala enfáticamente que recurrir al arreglo
judicial para dirimir la controversia, resulta inaceptable, estéril e inaplicable,
dado que la República Bolivariana de Venezuela no reconoce como obligatoria la
jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia, y en este sentido, ha sido
siempre consecuente con su posición histórica de hacer expresa reserva o no ser
signataria de ningún instrumento jurídico internacional que contenga cláusulas
compromisorias que otorguen jurisdicción obligatoria a la referida Corte.
El conflicto
se mantiene pendiente y resulta imposible dejar de considerar que los últimos
movimientos de Guyana constituyen una manifestación más del ilegal y terrible
asedio que el imperio norteamericano y sus aliados de la OTAN tienen montado a
la Revolución Bolivariana.
¡Hasta la Victoria Siempre!
¡Patria o muerte!
¡Venceremos!
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