La medida que fue publicada en la Gaceta Oficial número 40.838 de fecha 28 de enero de 2016, indica que el objetivo es establecer los lineamientos y directrices
que regirán la inscripción, registro y protocolización de los
documentos destinados al otorgamiento de la propiedad de los terrenos,
viviendas y bienes de uso y disfrute común de la GMVV.
El texto destaca la urgencia de la inscripción y registro de estos documentos. Además se indica que se habilitará la instalación de las oficinas de Registros Públicos Especiales en todo el territorio nacional.
El contenido del documento para el otorgamiento de la propiedad debe contener lo establecido en el Código Civil y lo siguiente:
1.- Identificación de la naturaleza del acto jurídico.
2.- Identificación completa de las partes intervinientes en el acto jurídico.
3.- Descripción del inmueble, con señalamiento de su ubicación física, superficie y linderos.
La resolución también señala aspectos relacionados con las exenciones,
tramitación, órgano rector, plataforma tecnológica, entre otros.
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